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Aerocivil negó integración de Avianca con Viva en primera instancia

La integración, de haberse aprobado, representaría riesgos para la competencia en el sector y el bienestar de los consumidores, según la Aerocivil.

Aeronáutica Civil. Foto: (Colprensa - Álvaro Tavera).

Aeronáutica Civil. Foto: (Colprensa - Álvaro Tavera).

Desde el Ministerio del Transporte, Alexandra Palomino, directora de Transporte Aéreo y Asuntos Aerocomerciales, informó que frete al proceso de integración de Avianca – Viva, desde la Aeronáutica Civil en primera instancia se decidió objetar dicha integración ya que no se presentaron las pruebas suficientes que demostrarán que Viva es una empresa que se encuentre en emergencia o crisis económica.

Sumado a esto, la Aerocivil manifestó que dentro de la información aportada en la solicitud de emergencia que se hizo por la situación de Viva, no se demostró que la aerolínea había adoptado todas las medidas necesarias para afrontar dicha crisis, como por ejemplo no se encontró o no se reportó solicitudes de créditos pedidos a entidades bancarias, tampoco estudios de venta de la compañía aérea, entre otras.

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Igualmente, la autoridad aérea explicó que la integración, de haberse aprobado, representaría riesgos para la competencia en el sector y el bienestar de los consumidores

En sus declaraciones, Palomino dijo: “la crisis de Viva es relevante por factores exógenos por el aumento del precio el petróleo, el dólar, la devaluación del peso colombiano y ese tipo de cosas, pero digamos que esos factores exógenos no pueden, que afectan a todas las demás aerolíneas, no pueden llevarnos a concluir que la crisis de ella es tal por esos argumentos que puedan desaparecer del mercado, así mismo pues las aerolíneas, en este caso Viva que es la que está en crisis tenía la opción en recurrir a diversas figuras para salir de la crisis, una de ellas buscar accionistas, casa matriz, compradores y digamos que en su negocio escogió el competidor dominante, entonces esta excepción no queda debidamente probada”.

En el mismo estudio también se determinó que de permitirse la integración propuesta se propiciarían, los siguientes efectos:

  1. Generar o reforzar el poder de mercado a favor del ente integrado (Avianca, Viva Air y Viva Perú). Las intervinientes participan en 59 rutas nacionales, que movilizan el 93.7% del tráfico domestico del país. De estas rutas, en 29 rutas nacionales round trip participan de manera coincidente.
  2. Este grupo económico alcanzaría el 100% de la participación en 16 rutas nacionales.
  3. Los indicadores económicos que se usaron para evaluar esta integración muestran un deterioro potencial considerable. En términos de libre competencia, significaría un retroceso y volver a niveles que no se veían en el país hace más de 7 años.
  4. Viva, que ha sido un jugador relevante del mercado colombiano, ha dinamizado la competencia en el sector y se ha convertido en una alternativa valiosa para los consumidores colombianos y de la región, desaparecería como competidor independiente.
  5. Los otros competidores se enfrentarían a nuevas dificultades para crecer o incursionar en mercados afectados por mayores barreras de entrada y mayor poder de mercado.
  6. Los consumidores podrían verse perjudicados en la medida en que el ente integrado (Avianca, Viva Air y Viva Perú) tendría más facilidades, incentivos y menores riesgos al aumentar sus precios, reducir frecuencias, cancelar rutas o reducir servicios complementarios, entre otros.

Por su parte, el titular de la cartera de Transporte, Guillermo Reyes, expresó que, como en todas las decisiones, estas no dejan a todo mundo satisfecho, pero aseguró que todas las observaciones que se presentaron fueron atendidas, al punto que el mismo tuvo más de 17 reuniones con diferentes representantes de empresas aéreas escuchando sus argumentos y posturas frente a la solicitud de unión.

Finalmente, se dejó claro que la solicitud podrá volver a reformularse y presentarse de nuevo por parte de las aerolíneas y que igualmente frente a la decisión proceden los recursos de reposición y subsidio de apelación.

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